En la legislación chilena el concepto de arbitrariedad es utilizado, a través del artículo 16 letra a) de la Ley 19.496, como una causal para determinar la abusividad de una cláusula en un contrato de adhesión, sin embargo, no se define qué se entiende por tal. Este artículo aborda la noción de cláusulas abusivas y, en específico, el concepto de arbitrariedad, utilizando un caso del mercado de servicios de transporte aéreo de pasajeros como ejemplo, con el objetivo de prestar sustento a la invocación que se realiza de dicha norma. A partir de un análisis comparado para entender el tratamiento que distintas legislaciones latinoamericanas realizan sobre las cláusulas abusivas y la arbitrariedad como causal, se indagarán los criterios que el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha utilizado en Chile para imputarla; procediéndose a exponer algunos de los criterios jurisprudenciales que se han elaborado para sancionar su vulneración. Finalmente, luego de examinar la cláusula del no show se reflexiona que, aun cuando la norma chilena no provee de una definición para el concepto de arbitrariedad, es posible concluir, a partir de la jurisprudencia, que esta se refiere a toda cláusula contractual donde sea posible observar una posición de abuso exorbitante con correlativo riesgo de detrimento y subordinación de la contraparte débil y que no cuente con una justificación alguna que la explique.